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Accidentes laborales de los aprendices serán asumidos por empresas patrocinadoras

Accidentes laborales de los aprendices serán asumidos por empresas patrocinadoras

10 de abril de 2021

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Accidentes laborales de los aprendices serán asumidos por empresas patrocinadoras, muchas son las dudas que se generan al interior de las organizaciones sobre los aprendices y su vinculación, si bien el contrato de aprendizaje no corresponde a un contrato de trabajo, este se define como:

“aquel por  el cual un empleado se obliga a prestar  servicio a un empleador,  a cambio de que éste le proporcione los medios para adquirir  formación profesional metódica y completa del arte u oficio para cuyo desempeño ha sido contratado, por un tiempo determinado, y le  pague el salario convenido”

Una vez creado el vínculo entre la empresa patrocinadora y el aprendiz, nace para la organización una serie de obligaciones tendientes a garantizar el cuidado del aprendiz, incluyéndolo en el sistema de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo –SGSST–, la entrega de implementos de protección personal y la afiliación al sistema general de riesgos laborales –SGRL.

Por lo tanto, la Corte Suprema de Justicia estableció que los aprendices pueden ser indemnizados por los daños derivados de accidentes con ocasión al desarrollo del contrato, ya que la actividad que desarrollan los aprendices está, protegida por el Estado, bajo el concepto de “trabajo”, y se aplica el artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo, que impone al empleador la obligación de indemnizar plenamente los perjuicios derivados de los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales cuando exista prueba de su culpa.

Dicha indemnización estará a cargo de la ARL; no obstante, se debe tener en cuenta que a pesar de que la organización patrocinadora tiene la obligación de afiliar a los aprendices al SGRL, esto no lo absuelve de la obligación de responder por los daños sufridos en un accidente laboral a un aprendiz por los perjuicios que se causen por culpa, negligencia o falta de adopción de medidas preventivas y controles a los peligros identificados y riesgos evaluados.

Así mismo se debe tener en cuenta que no usar los elementos de protección individual por parte del aprendiz o no hacer cambio de estos por parte de la organización se convierte en una falta grave, razón que tampoco eximirá de responsabilidad a la empresa en caso de accidente.

Este tema es traído a colación debido a reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, esto es, la Sentencia SL4965 de 2019, a través de la cual resuelve el caso de un aprendiz que, a causa de un accidente laboral con culpa imputable al empleador, fue calificado con una pérdida de capacidad laboral del 24 %.

La empresa patrocinadora decidió finalizar el contrato en el plazo previsto. Sin embargo, el aprendiz procedió a demandar, debido a que su contrato fue terminado sin el permiso del Ministerio del Trabajo, ya que en el momento de la terminación del vínculo el aprendiz se encontraba incapacitado y posteriormente fue determinada su pérdida de capacidad laboral.

Dicha demanda fue presentada con fundamento en el artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo, que establece la culpa del empleador derivada de accidente de trabajo, y sobre ello solicitó las indemnizaciones por perjuicios materiales tales como lucro cesante y daño emergente e inmaterial, como daño moral y daño a la vida de relación.

Luego de un estudio de las diferentes pruebas allegadas al proceso y el relato de los hechos, la Corte falló a favor del aprendiz, bajo la premisa de que las consecuencias derivadas de un contrato de aprendizaje no comprenden el carácter de un contrato laboral, sino de la responsabilidad civil del empleador que se hacen análogas al patrocinador respecto de su aprendiz.

Dado lo anterior, se sienta el precedente jurisprudencial de que a los patrocinadores les asiste la obligación de responder por todos los perjuicios materiales e inmateriales que se deriven de un accidente de trabajo en favor de los aprendices.

En resumen, al realizar un contrato de aprendizaje se debe incluir al aprendiz al Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo para disminuir la probabilidad de presentarse accidentes de trabajo para esta población.

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