El pasado 12 de septiembre de 2023, la Junta Directiva del Banco de la República a través del boletín No. 36 informó a todas las partes involucradas en el mercado cambiario de Colombia, la modificación a la circular reglamentaria DCIP – 83 y la modificación a los nuevos procedimientos aplicables a las operaciones de obligatoria canalización, debido al nuevo Sistema de Información Cambiaria.
Debido a la implementación de este nuevo Sistema de información cambiaria – SIC del banco de la república y el periodo de estabilización que se extendió hasta el 31 de enero de 2024, la Dirección de Impuestos Nacionales de Colombia – DIAN, el pasado 11 de enero del 2024 mediante comunicado de prensa 006 informó que mientras se ajustan los sistemas de recepciones de la información exógena cambiaria de la DIAN que se adapte al Sistema de Información Cambiaria – SIC adoptado por el Banco de la república, se otorga un plazo adicional de carácter transitorio para la presentación de la información exógena cambiaria del cuarto trimestre de 2023, así como del primer y segundo trimestre de 2024.
De conformidad a lo anterior la DIAN informo que para la presentación de la información exógena cambiaria se debe presentar de la siguiente forma:
Para los IMC la DIAN estableció que para el mes de febrero de 2024 deberán transmitir la información de octubre de 2023. En el mes de julio de 2024, transmitirán la información de los meses de noviembre y diciembre de 2023, así como la información del primer y segundo trimestre de 2024.
Para los titulares de las cuentas de compensación y los concesionarios de servicios de correos que prestan servicios financieros de correos, transmitirán en el mes de julio de 2024 la información del cuarto trimestre del 2023 así como la información del primer y segundo trimestre de 2024.
Para mayor información los invitamos a leer el comunicado de prensa de la DIAN.