Asesoría cambiaria | ¿Cuál es y cómo se adelanta el proceso de monetización de divisas?
El proceso de “monetización de divisas” hace referencia a la recepción de capital extranjero y su conversión a pesos colombiano, con varios fines, por una parte, poder disponer de dichas sumas en Colombia y por otro, para que los montos transferidos, se encuentren a título meramente estadístico, registrar el movimiento de capital en el Banco de la Republica, quien podrá utilizar esta información para establecer cuál ha sido el movimiento de capital extranjero en Colombia a través de sus diferentes actividades (entrada salida, a título de inversión, como pago de obligaciones etc.).
Esta labor se encuentra regulada por el Banco de la república, entidad que expidió la Resolución Externa 01 de 2018 documento que regula el procedimiento cambiario en general.
En el titulo 2 de la citada resolución hace referencia a los intermediarios cambiarios que son las personas o entidades que hacen parte del mercado cambiario dentro de los que se destacan, las entidades financieras.
Teniendo en cuenta lo anterior, son las entidades bancarias quienes podrán adelantar el proceso cambiario y quienes deberán reportar al Banco de la Republica respecto del movimiento de divisas que han entrado al país; para que sea eficaz esta labor, las entidades financieras le encargan a las personas (naturales o jurídicas) que hacen sus transferencias internacionales, el diligenciamiento del formulario emitido por el Banco de la república, según corresponda según el motivo por el cual hubo esta transferencia.
Teniendo en cuenta esto, y con el fin de que no hubiera errores en los formularios, el Banco de la Republica aclaró que no hay un modelo especifico de formulario, es decir, es necesario identificar el formulario por su número, que variará acorde a la actividad mediante la cual se efectuará la transferencia de divisas.
A su vez, el Banco de la Republica informó cual es la información básica con la que, deberá ser incorporado en cada formulario, con esto, cada entidad bancaria podrá diligenciar el formulario en el formato que desee siempre y cuando cumple la identificación del formulario y que contenga la información y soportes correspondientes al formulario correspondiente.
En cuanto a los formularios del Banco de la Republica, destacan los siguientes por su mayor uso:
• Formulario No. 4. Declaración de cambio por inversiones internacionales
• Formulario No.5. Declaración de cambio por servicios, transferencias y otros conceptos
• Formulario No. 6. Información de endeudamiento externo otorgado a residentes
• Formulario No. 11. Declaración de Registro de Inversiones Internacionales
Cada formulario está regulado con diferentes numerales cambiarios que variaran según la actividad realizada, estos numerales cambiarios variaran según el formulario y la subactividad de cada formulario.
Una vez diligenciada la información ante la entidad bancaria correspondiente y permitida la disposición del capital, existe la posibilidad de poder acceder a la información reportada ante el Banco de la Republica haciendo la solicitud de la misma.
En aquellos casos en los que sea necesario cancelar el registro de las transferencias de divisas, como lo es la liquidación de una sociedad que haya recibido capital extranjero, el usuario deberá diligenciar el formulario No. 12 denominado, Declaración de Registro de Cancelación de Inversiones Internacionales.
Consejos a la hora de hacer su monetización: