El Director Distrital de Impuestos de Bogotá, Lisandro Manuel Junco Riveira emitió la Resolución numero Resolución Número DDI-052377 de junio 28 de 2016 “Por la cual se designan algunos agentes retenedores del impuesto de industria y comercio.”
A partir del 1° de enero del año 2017, Los Revisores Fiscales y Contadores, deben procurar dar cumplimiento a dicha resolución que indica que: “los grandes contribuyentes de los impuestos distritales establecidos por la Dirección de Impuestos de Bogotá-DIB y a los contribuyentes pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio, como agentes retenedores del impuesto de industria y comercio, cuando realicen pagos o abonos en cuenta cuyos beneficiarios sean contribuyentes del régimen común y/o del régimen simplificado del impuesto de industria y comercio, en operaciones gravadas con el mismo en la jurisdicción del Distrito Capital.”
¿Qué cambia con esta resolución?
Hasta hace poco solo efectuaba retención del ICA el regimen comun al simplificado, ahora a partir de esta resolucion el regimen comun tambien hace retencion del Ica al regimen comun.
Fuente: http://www.shd.gov.co/shd/