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¿Es posible pagar en cheque las utilidades?

¿Es posible pagar en cheque las utilidades?

27 de marzo de 2021

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En el Oficio 220-129266 del 19 de agosto de 2014, la Superintendencia de Sociedades determinó, que la práctica de pagar en cheque las utilidades no incurre en el incumplimiento del deber legal al hacerlo en efectivo.

Recordemos que las utilidades hacen referencia a la proporción de las ganancias que los miembros de una sociedad tienen derecho a recibir, los cuales deben ser incluidos en los balances del final del ejercicio del año.

Las utilidades, son denominadas dividendos en las SA, SAS y sociedades en comandita por acciones, en las LTD, sociedades colectivas o en comandita simple se les denomina participaciones.

El pago de las utilidades en cheque, no se considera como incumplimiento del articulo 156 del Código de Comercio; 

«ARTICULO 156. Las sumas debidas a los asociados por concepto de utilidades formarán parte del pasivo externo de la sociedad y podrán exigirse judicialmente. Prestarán mérito ejecutivo el balance y la copia auténtica de las actas en que consten los acuerdos válidamente aprobados por la asamblea o junta de socios. Las utilidades que se repartan se pagarán en dinero efectivo dentro del año siguiente a la fecha en que se decreten, y se compensarán con las sumas exigibles que los socios deban a la sociedad.»

Esta práctica no puede ser considerada como pago en especie, por el contrario, recordemos que un cheque es un titulo valor, que representa un pago en efectivo que facilita las transacciones.

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