Es importante verificar la periocidad del Iva, debido a que dentro de los cambios que trajo consigo la ley 1607 de 2012 se incluyó la modificación al período gravable del Impuesto sobre las ventas, el cúal depende de los ingresos brutos obtenidos al 31 de Diciembre del año gravable anterior. Esto significa que se puede dar el caso que una empresa que en el año 2014 presentaba su IVA anual, para 2015 por incremento de ingresos brutos puede cambiar periocidad a cuatrimestral, y recordemos que las declaraciones presentadas en períodos que no corresponden la declaración de IVA se da por no presentada.
Como pueden darsen cuenta en el calendario, el vencimiento para presentar la información exogena la fecha de inicio es abril para grandes contribuyentes, mayo para personas juridicas y naturales, por lo que se hace necesario que la primera capacitación sea de este tema como lo habiamos acordado, por lo que solicito la colaboración de las contadoras en la programación de su personal y acordemos la fecha de capacitación de tal forma que no interrumpamos sus labores normales.
Publicado 26 / 2 / 2015
Escrito por: Sara Forero