RESUMEN: ¿Cómo Evitar el Cierre de tu Establecimiento? La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) cerró el año 2023 con medidas drásticas, imponiendo sanciones de cierre a 355 establecimientos comerciales en todo el país. Estas acciones fueron el resultado de irregularidades e incumplimientos en el proceso de facturación, según lo establece el Estatuto Tributario. Un dato significativo es que alrededor del 25% de estas sanciones tuvieron lugar en la capital, afectando diversos sectores comerciales, locales en centros comerciales y grandes superficies. La DIAN enfatiza que estas sanciones no son arbitrarias, sino que siguen un riguroso proceso legal en concordancia con las etapas definidas en el Estatuto Tributario.
Este proceso legal, detallado y estructurado, incluye visitas de control, pliegos de cargos, análisis y descargos, resolución y sanción, así como la posibilidad de interponer recursos. Es crucial para los establecimientos entender estas etapas y cumplir con los requisitos de facturación para evitar tanto cierres como multas fiscales. La DIAN recalca su compromiso con la legalidad y transparencia en todos sus procesos, instando a los comercios a cumplir con sus obligaciones tributarias.
Algunas preguntas que puede responder con el comunicado de prensa son:
¿Cómo la DIAN aborda las irregularidades en facturación y cuáles son las consecuencias para los establecimientos comerciales?
¿Cuáles son las etapas clave en el proceso legal que la DIAN sigue antes de imponer sanciones de cierre?
¿Cómo pueden los establecimientos evitar cierres y multas fiscales cumpliendo con los requisitos de facturación según el Estatuto Tributario?
Ver a continuación Comunicado de Prensa DIAN 001 de 2024 sobre: ¿Cómo Evitar el Cierre de tu Establecimiento?:
Comunicado de Prensa DIAN No. 001
02/01/2024
La DIAN explica el procedimiento mediante el cual un establecimiento es sancionado con cierre, por incumplir con el debido proceso de facturación.
Bogotá, 2 de enero de 2024. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) concluyó el año 2023 con 355 sanciones de cierre a establecimientos comerciales en todo el país, debido a irregularidades o incumplimientos en el proceso de facturación. Del total, aproximadamente el 25% de las sanciones tuvieron lugar en la capital del país, específicamente en diversos sectores comerciales, locales en centros comerciales y grandes superficies.
Es importante destacar que, durante las visitas realizadas en 2023 en todo el país, se constató que algunos establecimientos presentaron sistemáticamente irregularidades en el proceso de facturación, mientras que otros, obligados por ley, no emitían facturas electrónicas conforme a lo estipulado en los artículos 615, 616-1 y 617 del Estatuto Tributario (ET). Por otro lado, la DIAN destaca que, cada vez más, muchas empresas están cumpliendo con la expedición de la factura electrónica.
Las sanciones relacionadas con la facturación son aplicadas por la DIAN en estricto apego al debido proceso, respetando cada una de las etapas establecidas en el Estatuto Tributario. Estas etapas son:
- Visita de control. Inicialmente, la DIAN realiza una visita, para verificar que el establecimiento esté expidiendo factura electrónica, cuando corresponda, y cumpliendo con todos los requisitos de ley. (Artículo 653 del ET).
- Pliego de cargos. En caso de detectar posibles irregularidades o incumplimientos, la DIAN formula un pliego de cargos, sobre el cual el establecimiento puede responder exponiendo los motivos ante el posible incumplimiento, y dando las explicaciones necesarias. Para lo cual, el obligado a facturar tiene un plazo de 10 días hábiles.
- Análisis y descargos. Posteriormente, la DIAN, basada en evidencias y en las explicaciones proporcionadas, puede descartar (en caso tal, el proceso llega hasta este punto) o confirmar la sanción de cierre del establecimiento. Esta etapa, según la ley, no debe exceder los seis
(6) meses.
- Resolución y sanción. Si los cargos se confirman, la DIAN emite una resolución sancionando al establecimiento con un cierre de tres días. En este punto, también se conceden otros 10 días hábiles para interponer un recurso de reposición, con el fin de que la sanción sea reconsiderada.
- Recurso y fallo. El Estatuto Tributario establece que el recurso debe ser analizado y resuelto en un máximo de 10 días hábiles. En caso de confirmarse la sanción, el cierre debe ejecutarse en los siguientes 10 días hábiles.
Asimismo, el Estatuto Tributario también contempla que, en todo momento, el establecimiento que está incumpliendo con los requisitos de facturación puede acogerse al pago de una multa para evitar los tres días de cierre. La multa, dependiendo del hecho sancionable, se impondrá sobre los ingresos brutos operacionales del contribuyente en el mes anterior a la visita que originó el proceso, según el artículo 657 del ET.
La DIAN reitera que las sanciones de cierre no ocurren de manera deliberada. Al contrario, son el resultado de una serie de etapas y tiempos establecidos que la entidad cursa con riguroso sustento jurídico y probatorio.
Para finalizar, la DIAN invita a los establecimientos comerciales a cumplir con sus obligaciones tributarias, y a la ciudadanía a exigir siempre la factura electrónica, para lo cual solo debe proporcionar tres datos al establecimiento de comercio: (1) nombre o razón social, (2) número de cédula o NIT y (3) correo electrónico. Para reportar irregularidades con la expedición de la factura electrónica, puede denunciar a través del sistema PQRS/Denuncias por terceros, en la página web de la DIAN (www.dian.gov.co), de manera anónima.
La DIAN agradece la colaboración de la ciudadanía y las empresas, y reafirma su compromiso con la integridad, la transparencia y la legalidad en todos sus procesos.
Puedes encontrar más información sobre: ¿Cómo Evitar el Cierre de tu Establecimiento?, en dian.gov.co
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