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¿Cómo preparar estados financieros combinados para subsidiarias? Supersociedades Oficio No. 115-096795

12 de septiembre de 2024

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RESUMEN: ¿Cómo preparar estados financieros combinados para subsidiarias? La Superintendencia de Sociedades ha emitido un concepto sobre la obligación de preparar y presentar estados financieros combinados para subsidiarias en Colombia controladas por una matriz extranjera. El concepto aclara que, aunque la matriz extranjera no está obligada a seguir las normas contables colombianas, pero sus subsidiarias deben cumplir con esta obligación, integrando los estados financieros individuales de las sociedades controladas en el país.

Además, se precisa que en la preparación de estos estados financieros combinados, la información debe ser consolidada de manera similar a como se realiza en los estados financieros consolidados, pero sin incluir las cifras de la matriz extranjera. Este procedimiento asegura que los estados financieros reflejen la realidad económica y patrimonial de las subsidiarias bajo control extranjero.

Ver a continuación Supersociedades sobre: ¿Cómo preparar estados financieros combinados para subsidiarias?:

OBLIGACIÓN DE  PREPARAR Y PRESENTAR     ESTADOS  FINANCIEROS COMBINADOS

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

OFICIO 115 – 096795 DE 29 DE ABRIL DE 2024

Me refiero a su escrito radicado con el número y fecha de la referencia, mediante el cual plantea la siguiente consulta:

(…) la entidad XY domiciliada en el exterior y posee dos subsidiarias en Colombia, la entidad X con una participación del 50% y la entidad Y con una participación del 100%. La entidad Y tiene a su vez una subsidiaria en la entidad Z con una participación del 99.90%.

Es decir, que la entidad Y realiza Estados Financieros Separados y Estados Financieros Consolidados.

Teniendo en cuenta lo anterior, la entidad Y debe presentar los Estados Financieros Combinados; sin embargo, quisiera saber si ¿al preparar los Estados Financieros Combinados debo usar los Estados Financieros Separados o Consolidados de la entidad Y?

Aunque es sabido, es oportuno reiterar que, en atención a la consulta realizada, la Superintendencia de Sociedades con fundamento en los artículos 14 y 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituidos por el artículo 1º de la Ley 1755 de 2015, emite conceptos de carácter general y abstracto sobre las materias a su cargo, que no se dirigen a resolver situaciones de orden particular ni constituyen asesoría encaminada a solucionar controversias.

En este contexto, se explica que las respuestas en instancia consultiva no son vinculantes ni comprometen la responsabilidad de la entidad, como tampoco pueden condicionar el ejercicio de sus competencias administrativas o jurisdiccionales en un caso concreto.

Adicionalmente, debe precisarse que ésta dependencia carece de competencia en función consultiva para resolver un caso concreto de competencia de las dependencias misionales de esta Superintendencia.

Con el alcance indicado, este Despacho procede a dar respuesta a las inquietudes planteadas:

La obligación de preparar y presentar estados financieros combinados se consagra en el artículo 35 de la Ley 222 de 1995, el cual establece el deber de la matriz o controlante de preparar y difundir estados financieros de propósito general consolidados con sus subordinadas o dominados como si fuesen los de un solo ente.

Si bien, las matrices extranjeras controlantes no están obligadas a llevar contabilidad

de acuerdo a las normas colombianas, esta Entidad, ha precisado que el inversionista cuando se acoge a la ley colombiana para gozar de los derechos que se derivan de sus actividades mercantiles en Colombia, es apenas lógico que las mismas normas lo cobijen para el cumplimiento de sus obligaciones, entre las cuales es de disponer de la subsidiaria de mayor patrimonio ubicada en el territorio nacional, para que prepare y presente estados financieros combinados al cierre de cada ejercicio, integrando las demás subsidiarias controladas por el mismo inversor (extranjero), independientemente que posean o no inversiones entre ellas, es importante mencionar que no se incluirán las cifras del inversor puesto que este es extranjero.

Bajo el entendido que la sociedad XY matriz extranjera controla las subsidiarias en Colombia X y Y, el escenario para la elaboración y presentación del estado financiero combinado por parte de la subsidiaria Y, sería el siguiente:

La sociedad Y debe elaborar una hoja de trabajo en la cual debe integrar los estados financieros separados e individuales de cada una de las sociedades involucradas en la combinación de estados financieros (X, Y y Z), sin integrar la información financiera de la matriz extranjera XY.

En la preparación de los Estados Financieros Combinados se tendrá en cuenta un procedimiento similar al dispuesto para preparar Estados Financieros Consolidados establecido en la NIIF 10- Estados financieros consolidados o la sección 9 – Estados financieros consolidados y separados compiladas en el DUR 2420 de 2015 y sus modificatorios.

En los anteriores términos se resuelve la consulta planteada.

Cordialmente,

Puedes encontrar más información sobre: ¿Cómo preparar estados financieros combinados para subsidiarias?,  en supersociedades.gov.co

Además del tema relacionado con: ¿Cómo preparar estados financieros combinados para subsidiarias?, quizás te interese leer: Obligatoriedad de presentar estados financieros combinados – Oficio Supersociedades N° 115-077629

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