Dictamen – estados financieros modificados
En resumen, el documento aborda aspectos específicos de la normativa contable y de auditoría en Colombia, proporcionando orientación sobre la responsabilidad y el alcance de la firma y el dictamen de estados financieros en un contexto de auditoría externa y cambio de revisor fiscal.
La consulta plantea tres preguntas específicas en relación con la firma de estados financieros modificados tras una auditoría externa. La situación descrita se refiere a una Sociedad Anónima en la que el consultante dejó de ejercer como revisor fiscal el 1 de abril de 2023, y se realizó una auditoría externa que resultó en la modificación de los estados financieros.
El CTCP proporciona su opinión basándose en la normativa vigente. Indica que el consultante sólo puede firmar y dictaminar estados financieros hasta el momento en que ejerció como revisor fiscal, es decir, hasta el 1 de abril de 2023. Además, señala que los estados financieros modificados resultantes de la auditoría externa únicamente pueden ser firmados por el representante legal y el contador público responsable de su preparación, y ser dictaminados únicamente por el auditor independiente que llevó a cabo la auditoría.
Adicionalmente, el CTCP hace referencia al Artículo 57 de la Ley 43 de 1990, que establece que ningún Contador Público puede dictaminar o conceptuar sobre actos ejecutados o certificados por otro Contador Público que afecte su integridad moral o capacidad profesional sin antes solicitar las debidas explicaciones y aclaraciones de quienes hayan actuado inicialmente.
¿Puede el revisor fiscal firmar los estados financieros modificados tras una auditoría externa?
- No, el revisor fiscal sólo puede firmar y dictaminar los estados financieros hasta el momento en que ejerció su cargo, que en este caso es hasta el 1 de abril de 2023.
¿Quién debe firmar los estados financieros modificados después de una auditoría externa?
- Los estados financieros modificados deben ser firmados por el representante legal y el contador público responsable de su preparación.
¿Quién puede dictaminar los estados financieros modificados?
- Únicamente el auditor independiente que realizó la auditoría externa puede dictaminar los estados financieros modificados.
¿Qué responsabilidad tiene el revisor fiscal al emitir un dictamen?
- El revisor fiscal debe ejercer debida diligencia profesional y responsabilidad conforme al Código de Ética y normativas relevantes, asegurándose de que su trabajo tenga sustento en los papeles de trabajo adecuados.
¿Cuál es la importancia de los papeles de trabajo para el revisor fiscal?
- Los papeles de trabajo son fundamentales para sustentar la labor del revisor fiscal, asegurando la responsabilidad y cumplimiento de sus deberes.
¿Qué normativa rige la función y responsabilidad del revisor fiscal en Colombia?
- La Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, sus Decretos Reglamentarios, y otras normas como el Código de Comercio y la Ley 222 de 1995.
¿Puede un Contador Público dictaminar sobre actos ejecutados por otro Contador Público?
- Un Contador Público no puede dictaminar o conceptuar sobre actos de otro Contador Público que afecten su integridad moral o capacidad profesional sin antes solicitar las debidas explicaciones y aclaraciones, según el Artículo 57 de la Ley 43 de 1990.
¿Qué ocurre si hay cambio de revisor fiscal durante el proceso de auditoría externa?
- El revisor fiscal saliente no puede firmar ni dictaminar los estados financieros modificados; esta responsabilidad recae en el nuevo contador público y el auditor independiente.
¿Qué ley regula los estados financieros certificados y dictaminados en Colombia?
- La Ley 222 de 1995 establece regulaciones para los estados financieros certificados (Artículo 37) y dictaminados (Artículo 38).
¿Cuál es el alcance del concepto emitido por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública?
- El concepto emitido por el CTCP es de carácter general y no pretende resolver casos particulares, basándose en la información presentada por el consultante y en la normativa aplicable.