Mediante la Resolución Ministerio del Trabajo No. 312 de 13 de febrero de 2019, se establecieron los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Es importante que al contratar una auditoría SGSST de implementación del servicio, considere los requisitos según el número de empleados de la empresa, la cual puede ir de 1-10, de 11-50, mayor a 50 empleados.
Así mismo, es importante resaltar que la implementación de los estándares mínimos establecidos en la presente resolución no exime a los empleadores del cumplimiento de las obligaciones y requisitos contenidos en otras normas del sistema general de riesgos laborales vigentes.
Respecto a la fase concerniente al año 2019, entre los meses de enero a octubre las empresas deben estar en la fase de seguimiento al plan de mejora, en el que las empresas deben:
- Realizar la autoevaluación conforme a los estándares mínimos.
2. Establecer el plan de mejora conforme al SST ejecutado en el año 2018 y lo incorpora al plan del SST que se desarrolle en el 2019.
Desde el año 2020 en adelante, los planes del SST se ejecutarán anualmente de enero a diciembre o cualquier fracción del año, sí la empresa es creada en el transcurso del año en curso.
Finalmente, la acreditación en SST y certificar a empresas, entidades, empleadores y contratantes, la emite el Ministerio del Trabajo, que cumplan y generen valor agregado, impactando positivamente en salud y bienestar a los trabajadores, estudiantes y contratistas, con el cumplimiento de su SST.
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