Servicios de outsourcing | Contable | Tributario | Legal | Auditoria

Impuesto a productos plásticos de un solo uso: ¿Cuándo se aplica en exportaciones? – Concepto DIAN N° 294

17 de mayo de 2024

Categorias

Etiquetas

RESUMEN: Impuesto a productos plásticos de un solo uso: ¿Cuándo se aplica en exportaciones?  La DIAN ha actualizado su Concepto General sobre el impuesto nacional a productos plásticos de un solo uso, aclarando cuándo se aplica este gravamen en las exportaciones. El Concepto, establece que la venta de estos productos al exterior sí está gravada con el impuesto, siempre que se cumplan las condiciones generales para su causación.

¿Qué productos están excluidos del impuesto?

La normativa excluye del impuesto a aquellos productos plásticos de un solo uso que cumplan con los requisitos del parágrafo del artículo 5 de la Ley 2232 de 2022, en cuanto a su uso o destino.

Ver a continuación Resolución DIAN sobre: Impuesto a productos plásticos de un solo uso: ¿Cuándo se aplica en exportaciones?:

CONCEPTO DIAN 294

25 DE ABRIL DE 2024

Bogotá, D.C.

Ref.: Tercera adición al Concepto General sobre el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.

Tema: Impuesto nacional sobre plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.

Descriptores:  Hecho generador

Sujetos Pasivos

Fuentes formales: Artículos 50, 51, 52 Ley 2277 de 2022

Concepto 000641 interno 91 de enero de 

2023

Con el presente pronunciamiento, esta Subdirección responderá varios interrogantes formulados en torno a la interpretación y aplicación del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes (el «Impuesto» en adelante), con la adición al Concepto General de la referencia (Concepto 000641 – interno 91 del 20 de enero de 2023) con motivo de la Ley 2277 de 2022.

Con este fin se adicionan los numerales 3.5. y 4.3. a este Concepto General. Estos numerales analizan lo relacionado con el tratamiento del Impuesto en la exportación de productos plásticos de un solo uso, en aquellos casos que estos se utilicen para envasar, embalar o empacar bienes tenidos en cuenta por el DANE para la determinación del IPC o canasta familiar.

3.5. ¿Los bienes que cumplan con los requisitos del parágrafo del artículo 5 de la Ley 2232 de 2022 que se vendan y/o exporten por parte del productor ¿están excluidos del Impuesto?

Sí. Al respecto, el parágrafo del artículo 52 de la Ley 2277 de 2022, señala que: «Se encuentran excluidos del impuesto al que se refiere este Artículo los productos plásticos de un solo uso señalados en el parágrafo del artículo 5 de la Ley 2232 de 2022 utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.»

Por su parte, el parágrafo del artículo 5 de la Ley 2232 de 2022 consagra una lista de productos, en función de su «uso» o «destino». Es decir, se trata de una exclusión objetiva, a partir del uso o destino de los productos y no se trata de una exclusión subjetiva.

Así las cosas, la venta efectuada en el territorio nacional, así como la realizada al exterior (exportación) de los productos excluidos que cumplan con los requisitos del parágrafo del artículo 5 de la Ley 2232 de 2022 utilizados para envasar, embalar o empacar bienes se encuentran excluidos del Impuesto. Por lo tanto, si el productor vende al exterior un artículo del numeral 7 del parágrafo 5 de la Ley 2232 de 2022, dicha venta estaría excluida del Impuesto.

4.3. ¿La exportación de productos plásticos de un solo uso se encuentra gravada con el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes?

Como fuera expuesto en el punto #4.1 de este pronunciamiento, la venta de productos plásticos de un solo uso comprende tanto las efectuadas en el territorio nacional como al exterior. Por lo tanto, en atención al artículo 51 de la Ley 2277 de 2022, grava las ventas que den lugar a una exportación.

En los anteriores términos se absuelve su petición y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN: https://normograma.dian.gov.co/dian/.

Atentamente,

INGRID CASTAÑEDA CEPEDA

Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)

Subdirección de Normativa y Doctrina

Dirección: Cra. 8 # 6C-38 Edificio San Agustín – Piso 4

Bogotá, D.C.

www.dian.gov.co

Puedes encontrar más información sobre: Impuesto a productos plásticos de un solo uso: ¿Cuándo se aplica en exportaciones?, en dian.gov.co 

Además del tema relacionado con: Impuesto a productos plásticos de un solo uso: ¿Cuándo se aplica en exportaciones?, quizás te interese leer: ¿Cómo impacta la nueva tarifa del Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas en 2024? Conoce la Circular Externa 000006 de la DIAN

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 0 Promedio: 0)
Iniciar chat
¿Necesitas ayuda?
Hola,
¿En qué podemos ayudarte?