Conoce el calendario 2021 para presentar el informe de precios de transferencia a continuación.
El 17 de diciembre de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió el Decreto 1680 a través del cual se definen los plazos para declarar y pagar las obligaciones tributarias correspondientes al año gravable 2020, dentro de las que se encuentran los deberes formales en materia de Precios de Transferencia; esto es, la Declaración Informativa (incluye Notificación Informe País por País), Informe Local, Informe Maestro e/o Informe País por País, de acuerdo a las obligaciones de cada contribuyente.
En este sentido, a continuación, indicamos cual es el calendario para la presentación del informe de Precios de transferencia para el año 2021:
Declaración Informativa, Notificación del Informe País por País e Informe Local
Si el último dígito del NIT es: | Plazo hasta: |
1 | 7 de septiembre de 2021 |
2 | 8 de septiembre de 2021 |
3 | 9 de septiembre de 2021 |
4 | 10 de septiembre de 2021 |
5 | 13 de septiembre de 2021 |
6 | 14 de septiembre de 2021 |
7 | 15 de septiembre de 2021 |
8 | 16 de septiembre de 2021 |
9 | 17 de septiembre de 2021 |
0 | 20 de septiembre de 2021 |
Por otro lado, aquellas sociedades que no estén obligadas a presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia, deberán cumplir con la Notificación Información País por País a la DIAN vía correo electrónico al buzón [email protected], identificando el asunto como: “Notificación – Informe País por País” en las mismas fechas establecidas en el Decreto 1680.
Informe Maestro e Informe País por País
Si el último dígito del NIT es: | Plazo hasta: |
1 | 10 de diciembre de 2021 |
2 | 13 de diciembre de 2021 |
3 | 14 de diciembre de 2021 |
4 | 15 de diciembre de 2021 |
5 | 16 de diciembre de 2021 |
6 | 17 de diciembre de 2021 |
7 | 20 de diciembre de 2021 |
8 | 21 de diciembre de 2021 |
9 | 22 de diciembre de 2021 |
0 | 23 de diciembre de 2021 |
Nuestra recomendación respecto de la declaración de Precios de transferencia, es que considere también, que la Declaración del Impuesto sobre la Renta se cuente con los análisis económicos que permitan soportar el cumplimiento del Principio de Plena Competencia.
Si requiere asistencia con la elaboración del informe de precios de transferencia póngase en contacto con nosotros.