Como parte de nuestro servicio asesoría tributaria y revisoría fiscal, buscamos que nuestros lectores y clientes se encuentren al día con las obligaciones mercantiles y tributarias, es por ello que les recordamos que el próximo 31 de marzo vence el plazo para renovar la matrícula mercantil.
Las sanciones por no renovar la matrícula mercantil son impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercia y pueden ascender a un valor de $ 13.281.114 equivalente a 17 SMMLV.
Les recordamos a nuestros lectores que la renovación de la matrícula mercantil la pueden hacer de forma digital, accediendo al sitio web de la cámara de comercio de su ciudad, en Bogotá, puede hacer la renovación en el siguiente enlace https://bit.ly/2Gwfjhk.
Adicionalmente puede calcular previamente el valor de su matrícula mercantil accediendo al sitio web https://bit.ly/2mxeWJX.
Recuerde tener a la mano la siguiente información:
- Documento de identidad
- Número de matrícula mercantil
- Valor del activo total a corte de 31 de diciembre de 2017
Recuerde que puede consultar la normatividad relacionada a la renovación de la matrícula mercantil en el artículo 33 del Código de Comercio.