La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expone dos opciones para radicar fácilmente y desde casa las solicitudes de devolución y compensación.
La primera se realiza mediante el servicio informático de devoluciones, que está habilitado para las solicitudes de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta y el Impuesto sobre las Ventas de contribuyentes que cuentan con firma electrónica.
Debe enviarse la solicitud al correo electrónico que se indica aquí.
Mientras que la segunda opción es a través de envío de correo y aplica para las solicitudes de devolución y/o compensación de saldos a favor en renta y ventas de solicitantes que no cuentan con mecanismo de firma electrónica; IVA a constructores de vivienda de interés social e interés social prioritaria; IVA e INC a diplomáticos, embajadas y organismos internacionales; IVA a instituciones oficiales de educación superior, y pagos en exceso y de lo no debido tributarios y aduaneros.
Lo pasos para este trámite son:
Pedir la cita:
• Solo requiere solicitud de citas los contribuyentes que van a adelantar el trámite en las seccionales de la DIAN en las ciudades de Bogotá, Cali, Medellín y Bucaramanga, accediendo al sitio web de la DIAN, agendamiento de citas.
• Las demás seccionales del país no requieren solicitud de cita previa.
Enviar correo:
• Se requiere enviar correo al buzón de la seccional que corresponda y radicar la solicitud
• En el asunto del correo debe registrar “Solicitud devolución+Nombre de su empresa+NIT del solicitante”
• Tenga en cuenta que debe adjuntar los archivos en PDF y estos no pueden superar los 20MB.
Elaboración propia
Usted recibirá una respuesta con el número y la fecha de radicación. Los términos para resolver la solicitud de la devolución se contarán a partir del día hábil siguiente a la fecha de radicación.
Puede consultar en la página «hazlo tu mismo» de la DIAN, los procesos que puede usted gestionar desde el sitio web de la entidad.