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Vencimiento de obligaciones tributarias

Vencimiento de obligaciones tributarias e impuestos

27 de marzo de 2021

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En septiembre la DIAN y sus plataformas electrónicas se preparan para atender el alto volumen de usuarios que presentarán sus obligaciones tributarias.

Según el calendario tributario, en este mes de septiembre vencen 9 obligaciones tributarias, contenidas en el Decreto 2972 de diciembre de 2013.

Las obligaciones que vencen durante este mes son las siguientes:

Impuesto a la renta: las fechas para presentar la declaración de renta del 2013 y su pago, comprende del 1 al 30 de septiembre del 2014, para aquellas personas natural cuyos últimos dígitos del NIT terminen entre los números 27 y 70. Es de recordar que los usuarios deberán decidir el formulario que utilizarán (formulario 110, 210, 230 o 240) para presentar la declaración.

Precios de transferencia: los contribuyentes que deban presentar este tributo, tienen del 8 al 19 de septiembre para hacerlo; El formulario 120 es el indicado para presentar en la DIAN junto con la “Declaración informativa individual”.

Impuesto IVA: hay plazo para presentar esta declaración y sus relacionados del 8 al 19 de septiembre.

Deben presentarse 3 declaraciones:

1) La declaración del bimestre julio-agosto.

2) La declaración del cuatrimestre mayo-agosto.

3) El pago del segundo anticipo cuatrimestral del 2014 para los declarantes anuales.

Para las cuales deben usarse, el formulario 300 y recibo de pago 490.

INC: entre el 8 y el 19 de septiembre vencerá el plazo para la presentación y pago de la declaración del impuesto nacional al consumo, por el bimestre julio-agosto de 2014

Retención en la fuente a título de renta, IVA y timbre: el plazo es del 8 al 19 de septiembre, para ello debe usar el formulario 350

CREE: se deberán presentar a) La declaración mensual por el período agosto de 2014; b) La declaración del cuatrimestre mayo-agosto de 2014. Para ello debe usar el formulario 360, el plazo para realizar la declaración es entre el 8 y 19 de septiembre.

INGA: «Impuesto Nacional a la Gasolina y el ACPM», los contribuyentes responsables deberán presentar esta declaración antes del 18 de septiembre usando el formulario 430.

GMF: «Gravamen a los Movimientos Financieros», el plazo para realizar la declaración de este tributo es del 2 al 30 de septiembre, para ello deben usar el formulario 410.

Impuesto al patrimonio: la última cuota de este impuesto, deberá declararse entre el 8 y 19 de septiembre. Es de recordar, que los responsables debieron presentar dicha declaración en el año 2011 y haber diferido el pago en 8 cuotas. Para el pago de cada cuota deben usar el formulario 490 y en él, el concepto 54.

 Para el cumplimiento de estas obligaciones, la DIAN dispuso en su portal los formularios para diligenciarlos, imprimirlos en impresoras adecuadas, firmarlos manualmente y luego presentarlos en bancos.

Los contribuyentes que aún declaren en papel, deben hacer fila en la DIAN para obtenerlos.

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